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¿Me pueden despedir estando de baja médica?

Por Marta Maldonado Melero · · 1 min de lectura

Es una de las preguntas que más se repiten. La respuesta corta: pueden despedirte, pero si el motivo real es tu enfermedad, el despido puede ser nulo.

Qué cambió en 2022

La Ley 15/2022, de igualdad de trato y no discriminación, incluyó la enfermedad entre los motivos por los que no se puede discriminar a una persona. Desde entonces, un despido cuya causa real es la baja o la enfermedad del trabajador puede declararse nulo, y no solo improcedente.

Nulo o improcedente, no es lo mismo

Si el despido es improcedente, la empresa elige entre readmitirte o pagarte la indemnización. Si es nulo, la readmisión es obligatoria y además hay que pagarte los salarios que has dejado de cobrar desde el despido. También puede reclamarse una indemnización por daños morales.

La clave: los indicios

No basta con estar de baja cuando llega la carta. Hay que aportar indicios de que la enfermedad está detrás: que el despido llegue a los pocos días de iniciar la baja, mensajes de la empresa preguntando cuándo vuelves, una carta con motivos genéricos o que no se sostienen. Con esos indicios, es la empresa la que tiene que demostrar que el despido se debe a otra causa real y ajena a la enfermedad.

Qué hacer

  • Guarda los partes de baja, la carta y cualquier mensaje con la empresa.
  • Firma el finiquito como «recibí, no conforme».
  • Recuerda el plazo: 20 días hábiles para presentar la papeleta de conciliación.
  • Sigue con tu baja: el despido no la interrumpe y la prestación continúa.

Si quieres saber qué indemnización te correspondería en el peor de los casos (improcedencia), puedes calcularla con la calculadora de indemnización.

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